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Foto: END |
Pobladores de comunidades asentadas a lo largo de la ribera del río Brito, municipio de Tola, denunciaron ante distintos medios de prensa, la constante extracción de arena en el sitio y presumen que a esto se debe la disminución del caudal del afluente, sumado al despale indiscriminado y sobre explotación de los recursos naturales.
Se estima que en este lugar, viven unas 800 personas distribuidas en las comunidades Villa “Gaspar García” de Arriba, La Junta y La Flor, las cuales carecen del servicio de agua potable, siendo el río una de sus principales recursos de agua.
Ante la pérdida del caudal que la fuente experimenta los últimos años, los habitantes han optado por construir pozos artesanales que también están perdiendo nivel, debido al despale, aseguran los comunitarios.
Uno de los quejosos aseguro que el rio Brito se comenzó a secar y hay partes donde no corre agua, según los pobladores, su estado agónico se debe a una supuesta falta de regulación de la actividad arenera.
Un habitante que prefirió el anonimato dijo que por el sector del puente La Zopilota, a diario llegan tres camiones a extraer arena y que igual situación ocurre en el sector de la Villa Eddy Monterrey, en Nancimí y calcula que cada camión extraen entre ocho a 14 metros de este producto arenero.
La población hizo un llamado a las autoridades del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (Marena), y la alcaldía del municipio de Tola para regular la extracción de arena y evitar la sequía del río.
De acuerdo a la caracterización de la cuenca número 70, efectuada por el Marena, el recurso agua de ese lugar es usado para el riego por bomba.
El río Brito tiene un recorrido de 30 kilómetros y es parte de la cuenca 70, que abarca los municipios de Belén, Rivas, San Juan del Sur y Tola; a este último le corresponden 152 kilómetros de dicha cuenca.
DECLARAN CULPABLES A DOS CIUDADANOS DE MASAYA, POR TRAFICO DE MIGRANTES IMPRUDANTES, OCURRIDO EN OCHOMOGO.
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FOTO: La Prensa |
El Ministerio Público, logró demostrar la culpabilidad de Jonathan Ignacio Matus y Joel Antonio Ramírez Fonseca, ambos originarios del departamento de Masaya, por el delito de tráfico de migrantes imprudentes.
Durante el debate de la pena, el representante de la fiscalía solicito que a los condenados se le impusiera una condena de cinco años de cárcel, mientras que su defensa pidió la sentencia mínima de tres años de prisión, porque la juez le impuso como calificación, tráfico de indocumentados imprudentes.
Según el expediente judicial estos dos ciudadanos fueron capturados en septiembre del 2016, en el puesto de control del puente del rio Ochomogo, cuando en un taxi placa Masaya, transportaban a tres africanos ilegales.
En los alegatos finales, su defensa técnica aseguro que las declaraciones de anticipo de pruebas de los migrantes estos nunca señalaron a los dos detenidos como personas que les habían cobrado.
Su defensora expreso que la fiscalía no demostró con la prueba llevada a juicio, tras indicar que no hubo dolo de parte de los condenados y únicamente se limitaron a realizar una actitud humanitaria.
La sentencia sería dada a conocer durante esta semana, pero esta puede durar de tres a seis meses para que los ahora condenados conozcan la resolución judicial.
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